FSC-CCOO Illes Balears | 26 abril 2024.

La Audiencia respalda la presencia de los sindicatos en la gestión de la formación para el empleo

    La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por USO en la que cuestionaba la presencia de los sindicatos más representativos CCOO y UGT en los órganos de gobierno de la Fundación Tripartita. A juicio de Javier López, secretario confederal de Formación de CCOO, la sentencia pone de manifiesto que "realizamos un trabajo con honestidad y convencimiento, defendiendo el derecho a la formación de la clase trabajadora allá donde corresponda, con la legitimidad que nos otorgan los propios trabajadores y trabajadoras en las empresas".

    08/04/2014.

    La Unión Sindical Obrera demandó a CCOO, UGT y al Servicio Público de Empleo Estatal por la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2011, de subvenciones destinadas a la realización de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación profesional para el empleo en el ámbito estatal. Entendía que dicha resolución no garantizaba la objetividad e imparcial propias de una convocatoria pública de subvenciones, cuestionaba la imparcialidad de la Comisión Permanente de la Fundación Tripartita, cuya composición vulneraba los derechos fundamentales de igualdad y libertad sindical al incluir tan solo a los sindicatos más representativos. Consideraba también que dicha participación excede a lo que se considera "participación institucional? y poniendo en duda la imparcialidad de los miembros de dicha comisión.

    La Sala de lo Contencioso Administrativo ha rechazado, con su dictamen, todos los motivos de impugnación alegados por USO, estableciendo que "la participación de los sindicatos más representativos en la Comisión Permanente de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo no atenta contra la libertad sindical ni implica que dicha comisión actúe en la gestión de las subvenciones con falta de transparencia, objetividad y neutralidad?.

    En su decisión, el órgano judicial considera respetado el principio de igualdad y libertad sindical que contemplan los artículos 14 y 28 de la Constitución. La Audiencia Nacional tampoco encuentra motivos objetivos de discriminación alguna entre sindicatos por el hecho de que sean los más representativos quienes ejerzan sus funciones de representación institucional recogida en la ley Orgánica de Libertad Sindical, "máxime cuando las centrales sindicales más representativas cuentan con una especial audiencia y una práctica contrastada respecto de los fines que se persiguen mediante los programas de formación para los que se convocan las ayudas y que justifican su participación en dicho órgano colegiado?.

    Avalando esta afirmación, la sentencia en apelación destaca, que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional han tratado la validez de las funciones y prerrogativas reconocidas a los sindicatos más representativos. En este sentido distinguen claramente entre las actividades de representación institucional y el acceso a determinadas subvenciones. Así, ambos tribunales sostienen que es constitucionalmente válido el reconocimiento de la representación institucional a los sindicatos más representativos, respetando el derecho del resto de sindicatos representativos al acceso a las subvenciones. Así viene sucediendo, pues USO recibe ayudas para formación en todos los sectores en los que ha conseguido ser representativo.

    Apuntalando esta afirmación, la Audiencia Nacional incluye un resumen de las ideas principales recogidas en una sentencia del Supremo de enero de 2014 que afirma que es posible "introducir diferencias entre los sindicatos para asegurar la efectividad de la actividad que se les encomienda, siempre que se haga con criterios de objetividad? y que "el concepto de mayor representatividades un criterio objetivo constitucionalmente válido?.

    Por ello, establece que "las diferencias objetivas entre los sindicatos no vulneran la libertad sindical? y que "entre las funciones atribuidas con exclusividad a los sindicatos más representativos se admiten los supuestos de representación institucional ante órganos administrativos?.

    Trasladando la doctrina al recurso de apelación, la Audiencia Nacional concluye que "la participación de los sindicatos más representativos en la Comisión Permanente de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo no atenta a la libertad sindical?, ni tampoco implica que gestione las subvenciones con falta de transparencia, objetividad y neutralidad.

    A juicio de Javier López, secretario confederal de Formación, los argumentos de la Audiencia Nacional para desestimar el recurso de apelación de USO "revalidan el buen hacer y el trabajo de CCOO a lo largo de estos años como sindicato más representativo, cumpliendo con las funciones que nos corresponden como miembros de los órganos de gobierno del Sistema de Formación para el Empleo?. En su opinión, "realizamos un trabajo con honestidad y convencimiento, defendiendo el derecho a la formación de la clase trabajadora allá donde corresponda, con la legitimidad que nos otorgan los propios trabajadores y trabajadoras en las empresas?.