FSC-CCOO Illes Balears | 21 noviembre 2024.

El TC declara inconstitucional la privatización del Registro Civil mediante decreto

    CCOO instó a todos los grupos políticos del Congreso de los Diputados a presentar este recurso de insconstitucionalidad y ahora el Tribunal Constitucional da la razón a los recurrentes y avala la postura del sindicato.

    06/10/2015.
    Cartel campaña contra privatización

    Cartel campaña contra privatización

    Con fecha 24 de septiembre, el Tribunal Constitucional (TC) ha dictado una sentencia por la que declara inconstitucional y anula los preceptos relativos a la privatización del Registro Civil mediante su asignación a los registradores mercantiles contenidos en las disposiciones adicionales 20 a 24 del Real Decreto-Ley 8/2014.

    Aun cuando dicha anulación no tenga efecto directo alguno, toda vez que con posterioridad el real decreto ley se tramitó como ley ordinaria (ley 18/2014) y la ley 19/2015 derogó todas las disposiciones relativas a la asignación del Registro Civil a los registradores mercantiles, supone un duro golpe a aquellos que en su día quisieron apropiarse del servicio público del Registro Civil para sus propios intereses y para quienes desde el Gobierno, en lo que para el Sector de la Administración de Justicia de FSC-CCOO siempre ha constituido un caso claro de tráfico de influencias, lo ampararon teniendo evidentes intereses personales en ello. 

    La privatización del Registro Civil fue una de las muchas medidas introducidas por el Gobierno del PP en el Real Decreto-Ley 8/2014, aprobado un 4 de julio, alguna de ellas también anulada por el Tribunal Constitucional. Desde el mismo momento de su publicación, CCOO denunció que la privatización del Registro Civil, mediante su asignación a los registradores mercantiles (profesionales que hacen del ejercicio de la función pública, a la que acceden por oposición, su propio negocio), era inconstitucional, porque no había, conforme exige el art. 86.1 de la Constitución, razones de extraordinaria y urgente necesidad que pudieran justificar la privatización del Registro Civil mediante un Real Decreto-Ley. El Gobierno del PP hurtó a las Cortes Generales cualquier debate sobre el modelo de Registro Civil. 

    Por todo ello, CCOO inmediatamente se dirigió a todos los grupos parlamentarios y a la Defensora del Pueblo reclamándoles la presentación del recurso de inconstitucionalidad contra la privatización del Registro Civil. CCOO argumentó ante los grupos parlamentarios y ante la Defensora del Pueblo cuestiones de fondo contra la privatización del RC, pues se pretendía entregar a gestores privados la llevanza de un servicio público que hemos defendido, y seguimos defendiendo. El Registro Civil debe seguir siendo público, universal y gratuito y prestado como desde hace 140 años por el personal al servicio de la Administración de Justicia. 

    Mientras varios grupos parlamentarios (más de cincuenta diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista; La Izquierda plural -IU, ICV-EUiA, CHA- y Unión Progreso y Democracia) presentaron recurso de inconstitucionalidad, la Defensora del Pueblo se opuso a nuestros argumentos y no quiso presentar el recurso ante el TC pese a la evidencia de la falta de urgente necesidad para privatizar el Registro Civil mediante un Real Decreto Ley.  

    El Tribunal Constitucional da ahora la razón a CCOO y a los grupos parlamentarios que presentaron el recurso, frente a los argumentos de la Abogacía del Estado, y por sentencia de 24 de septiembre de 2015 declara inconstitucional las disposiciones adicionales (20ª a 24ª) del RDLey 8/2014, relativas a la llevanza del Registro Civil, que son declaradas inconstitucionales y nulas, estableciendo que "no existe justificación alguna respecto de la urgencia y necesidad de modificar parcialmente el contenido de una norma cuya entrada en vigor se ha pospuesto por un periodo de un año."

    Al apreciar desde el principio la falta de necesidad para privatizar el RC mediante Real Decreto-Ley, el Tribunal Constitucional evita entrar en el fondo del asunto de la privatización, pues además los grupos parlamentarios recurrentes también alegaban que al proceder a una privatización encubierta del Registro Civil, el Real Decreto-ley 8/2014 arrebataba a la Administración Pública su gestión, afectando al derecho a la intimidad reconocido en el artículo 18.1 CE. Los  hechos y actos que constituyen el objeto del Registro Civil son circunstancias que afectan al núcleo del derecho constitucional a la intimidad personal y que, hasta la modificación introducida por el Real Decreto-ley impugnado, estaban enteramente en manos de empleados/as públicos/as.

    La falta de pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre esta cuestión permite dejar abierta la posibilidad de que mediante una ley ordinaria se pueda privatizar el Registro Civil en el futuro, sacándolo fuera del ámbito de las Administraciones Públicas mediante su asignación a operadores privados. La batalla, por tanto, no está ganada, y mucho nos tememos que si el PP sigue gobernando tras las elecciones generales previstas para el 20 de diciembre, volverá a intentar privatizar el Registro Civil. 

    Por todo ello, CCOO sigue expresando su radical oposición a la privatización del Registro Civil, y su firme apuesta por su mantenimiento dentro del ámbito de la Administración de Justicia, que sale aún más reforzada. 

    Si hemos peleado hasta aquí para impedirlo (logrando una gran victoria parcial con la retirada por el Gobierno de la privatización del RC tras la aprobación de la Ley 19/2015 que en su disposición derogatoria única anula la privatización del Registro Civil), con el apoyo de miles de trabajadores/as y de la ciudadanía, logrando recoger cientos de miles de firmas contra la privatización del Registro Civil, no vamos a abandonar esta lucha hasta conseguir de forma definitiva su carácter público, universal, gratuito, cercano a los ciudadanos/as y servido íntegramente por el personal de la Administración de Justicia.